10/06/2024
El rugido de la maquinaria, el constante movimiento de materiales y la altura de las estructuras en crecimiento son imágenes comunes en una obra de construcción. Sin embargo, tras este dinamismo aparente, se esconde un entorno con riesgos inherentes que hacen de la seguridad una prioridad absoluta. Lejos de ser una simple formalidad, la gestión de la seguridad en estos proyectos es un pilar fundamental para proteger la vida y la salud de los trabajadores, así como para garantizar la viabilidad y el éxito del proyecto.

¿Qué Implica una Obra de Construcción?
Para entender la complejidad de la seguridad, primero debemos definir qué es una obra de construcción. Se refiere al proceso y al lugar físico donde se crean, modifican o demuelen estructuras como edificios, carreteras, puentes y otras infraestructuras. Este proceso abarca desde la planificación inicial y el diseño detallado hasta la ejecución física y la supervisión final. Implica el uso de materiales diversos, herramientas especializadas y, lo más importante, una gran cantidad de mano de obra con distintas cualificaciones y tareas.
Los Actores Principales en una Obra
Una obra de construcción no es el resultado del esfuerzo de una sola persona o entidad. Es un ecosistema complejo donde interactúan múltiples figuras, cada una con roles y responsabilidades específicas. Conocer a estos actores nos ayuda a comprender cómo se distribuyen las tareas y, crucialmente, las responsabilidades, incluida la seguridad:
- Promotor y/o cliente: Es quien concibe el proyecto, lo encarga y lo financia. Su responsabilidad inicial es crucial, ya que es quien pone en marcha todo el proceso y, como veremos, tiene obligaciones directas en materia de seguridad.
- Arquitecto: Diseña la estructura, plasmando las ideas del cliente y asegurando el cumplimiento de normativas urbanísticas y técnicas. Su diseño debe considerar aspectos que faciliten la seguridad durante la ejecución.
- Ingeniero de edificación o civil: Se encarga de la viabilidad técnica y estructural del proyecto, supervisando que la ejecución se ajuste a los requisitos técnicos y de seguridad.
- Contratista: La empresa principal encargada de ejecutar la obra según los planos y especificaciones. Coordina los trabajos, los recursos y a menudo subcontrata tareas específicas. Tiene una responsabilidad directa sobre la seguridad de sus propios trabajadores y la coordinación general en su área de trabajo.
- Subcontratistas: Empresas o autónomos especializados en trabajos concretos (electricidad, fontanería, revestimientos, etc.). Son responsables de la seguridad en sus tareas específicas y de cumplir las directrices generales de seguridad de la obra.
- Proveedores: Suministran materiales y equipos. Aunque su rol no es directo en la ejecución, la calidad y seguridad de los productos que entregan pueden impactar en la seguridad general.
- Supervisores y Encargados de Obra: Personal del contratista que supervisa el trabajo diario a pie de obra, asegurando que las tareas se realicen correctamente y siguiendo los procedimientos establecidos, incluidos los de seguridad.
- Personal de obra: Los trabajadores que ejecutan las tareas físicas. Tienen la obligación de cumplir las normas de seguridad, utilizar los equipos de protección y velar por su propia seguridad y la de sus compañeros.
En este entramado, la seguridad y salud no es una responsabilidad exclusiva de un único actor, sino un compromiso que debe ser compartido y coordinado.
El Coordinador de Seguridad y Salud: Una Figura Esencial
Dentro de este conjunto de profesionales, emerge una figura cuya misión principal es, precisamente, la de asegurar que la prevención de riesgos laborales sea una realidad constante y efectiva en la obra: el Coordinador de Seguridad y Salud. Este profesional cualificado actúa como el director de orquesta en materia de seguridad, asegurando que todas las partes implicadas trabajen de forma coordinada para minimizar los riesgos.
Su rol va más allá de la mera supervisión; implica planificación, organización, control y promoción de una cultura preventiva en todo el proyecto. Es el garante de que el Plan de Seguridad y Salud, el documento base que detalla cómo se gestionarán los riesgos específicos de esa obra, se cumpla rigurosamente.
¿Cuándo es Obligatorio Nombrar un Coordinador de Seguridad y Salud?
La designación de un Coordinador de Seguridad y Salud no es opcional en muchos casos. La normativa española, concretamente el Real Decreto 1627/1997, establece cuándo es obligatorio que el promotor nombre a este profesional. La necesidad de un coordinador surge principalmente cuando la complejidad de la obra o el número de intervinientes lo hacen indispensable para una gestión eficaz de la seguridad.
Se requiere nombrar un coordinador en la fase de ejecución de la obra cuando:
- Se prevea que en la ejecución de la obra intervenga más de una empresa.
- Se prevea que intervenga una empresa y trabajadores autónomos.
- Se prevea que intervengan diversos trabajadores autónomos.
Esto significa que, en la gran mayoría de las obras, donde es habitual la participación de varios contratistas o subcontratistas, la figura del coordinador es obligatoria. La lógica detrás de esta exigencia es clara: cuando múltiples entidades trabajan en el mismo espacio y tiempo, es fundamental que haya alguien con la autoridad y el conocimiento técnico para coordinar las actividades desde la perspectiva de la seguridad, evitando interferencias peligrosas y asegurando que todos apliquen las medidas preventivas adecuadas.

Además, el mismo Real Decreto establece la obligatoriedad de un coordinador en la fase de elaboración del proyecto cuando en su redacción intervengan varios proyectistas. Este coordinador en fase de proyecto es el responsable de elaborar o hacer que se elabore el estudio de seguridad y salud o el estudio básico de seguridad y salud.
Es importante notar que la obligación de nombrar un coordinador en fase de ejecución no depende del tamaño o la duración de la obra per se, sino de la pluralidad de empresas o autónomos intervinientes.
Consecuencias de la Ausencia del Coordinador Cuando es Obligatorio
Incumplir la obligación de designar un Coordinador de Seguridad y Salud cuando la normativa lo exige tiene graves consecuencias. No se trata solo de una falta administrativa, sino de poner en riesgo directo la seguridad y la salud de todas las personas en la obra.
Las repercusiones pueden ser de diversa índole:
- Sanciones Administrativas: Las autoridades laborales pueden imponer multas cuantiosas al promotor por no cumplir con su obligación de nombrar al coordinador. Estas sanciones varían en función de la gravedad del incumplimiento.
- Responsabilidades Civiles: En caso de accidente, la ausencia del coordinador puede ser considerada una negligencia grave por parte del promotor, lo que podría derivar en reclamaciones económicas por daños y perjuicios.
- Responsabilidades Laborales: El incumplimiento normativo puede tener efectos en el ámbito laboral, especialmente si un accidente deriva en procedimientos ante la jurisdicción social.
- Responsabilidades Penales: En los casos más graves, donde la falta de medidas de seguridad (que el coordinador debería haber coordinado y supervisado) contribuya a un accidente con lesiones graves o fallecimiento, el promotor e incluso otros responsables de la obra podrían enfrentarse a cargos penales.
Más allá de las consecuencias legales y económicas, la principal y más trágica consecuencia es el incremento del riesgo de accidentes laborales, con el consiguiente sufrimiento humano para los trabajadores y sus familias.
Funciones Clave del Coordinador de Seguridad y Salud
La labor del Coordinador de Seguridad y Salud es multifacética y abarca la totalidad del proyecto desde la perspectiva de la prevención de riesgos laborales. Sus principales funciones incluyen:
- Elaborar, o asegurar la elaboración, del estudio o estudio básico de seguridad y salud en fase de proyecto (si es el coordinador de proyecto).
- Aprobar el Plan de Seguridad y Salud elaborado por cada contratista (si es el coordinador de ejecución).
- Coordinar las actividades empresariales para garantizar que la aplicación de los principios de la acción preventiva sea coherente y responsable por parte de todos los intervinientes.
- Organizar la coordinación de actividades empresariales cuando trabajen simultáneamente o sucesivamente en la obra empresas diversas, o empresas y trabajadores autónomos, o diversos trabajadores autónomos.
- Informar a los contratistas y subcontratistas sobre los riesgos específicos de la obra.
- Identificar y evaluar los posibles riesgos laborales que surjan durante la ejecución de la obra y que no estuvieran contemplados.
- Implementar medidas preventivas y correctivas para garantizar la seguridad y salud de los trabajadores, adaptándolas a la evolución de la obra.
- Realizar inspecciones periódicas a pie de obra para verificar el cumplimiento de las normas de seguridad, el uso correcto de los equipos de protección y el seguimiento del Plan de Seguridad y Salud.
- Detener los trabajos en caso de riesgo grave e inminente para la seguridad y salud de los trabajadores.
- Organizar la formación e información a los trabajadores sobre los riesgos específicos de la obra y las medidas preventivas a adoptar.
- Investigar los accidentes laborales y elaborar los informes correspondientes para determinar las causas y evitar su repetición.
- Colaborar con los trabajadores, empleadores, representantes de los trabajadores y autoridades competentes en materia de seguridad y salud.
- Mantener actualizados los registros y la documentación relacionada con la seguridad y salud en la obra.
- Promover una cultura de prevención de riesgos laborales entre todos los participantes de la obra.
Como se puede apreciar, es un rol activo y dinámico que requiere presencia constante en la obra y una comunicación fluida con todos los equipos.
El Coordinador ante un Accidente
La actuación del Coordinador de Seguridad y Salud es especialmente crítica en caso de que ocurra un accidente. Su intervención inmediata es fundamental para:
- Asegurar la atención a la persona afectada y garantizar su seguridad y bienestar en ese momento.
- Evaluar la situación y asegurar la zona para evitar accidentes secundarios o que otras personas resulten heridas.
- Informar a las autoridades competentes y a la empresa.
- Iniciar una investigación exhaustiva para determinar las causas del accidente, identificando fallos en los procedimientos, en los equipos, en la formación o en la coordinación.
- Proponer y asegurar la implementación de medidas correctivas urgentes para prevenir que situaciones similares vuelvan a ocurrir.
- Colaborar con la empresa y los trabajadores afectados en la gestión de los trámites necesarios, como la elaboración de informes oficiales y la comunicación con las aseguradoras.
Su presencia y actuación profesional tras un accidente no solo son cruciales para la gestión de la emergencia, sino también para el aprendizaje y la mejora continua de la seguridad en la obra.
¿Quién Puede Desempeñar el Rol de Coordinador?
Dada la importancia y la complejidad de sus funciones, el rol de Coordinador de Seguridad y Salud no puede ser desempeñado por cualquier persona. La normativa exige que sea un técnico competente con la cualificación adecuada.

Según la Ley de Ordenación de la Edificación y el Real Decreto 1627/1997, para ser coordinador se requiere:
- Disponer de una titulación universitaria habilitante para proyectar o dirigir obras de edificación (como Arquitecto, Arquitecto Técnico, Ingeniero o Ingeniero Técnico).
- Contar con una formación específica en prevención de riesgos laborales aplicable a las obras de construcción. Esta formación suele adquirirse a través de cursos especializados, másteres en prevención de riesgos laborales con especialización en seguridad en el trabajo o formación equivalente reconocida.
Además de la titulación y la formación, es altamente recomendable que el coordinador posea experiencia previa en el sector de la construcción, ya que el conocimiento práctico de los procesos constructivos y los riesgos asociados es fundamental para identificar y gestionar eficazmente las situaciones peligrosas a pie de obra.
Normas de Seguridad en la Construcción: Un Universo de Detalles
La prevención de riesgos laborales en la construcción está regulada por un amplio cuerpo normativo que abarca desde disposiciones generales sobre seguridad y salud en el trabajo hasta reglamentos muy específicos para tareas concretas, como el trabajo en altura, la manipulación de cargas, el uso de maquinaria o, como vimos en la información de partida, procedimientos detallados para actividades como el corte con oxiacetileno. El Coordinador de Seguridad y Salud debe conocer esta normativa en profundidad para asegurar que las medidas preventivas del Plan de Seguridad y Salud y su aplicación práctica estén en línea con las exigencias legales. Su labor implica verificar que, por ejemplo, si se realizan trabajos de corte, se sigan escrupulosamente los procedimientos detallados en las normas específicas para dicha actividad, asegurando que se utilicen los equipos de protección adecuados, se mantengan las distancias de seguridad, se revisen los equipos (válvulas, mangueras, reguladores, cilindros) y se prohíban prácticas inseguras como fumar o usar oxígeno para limpiar.
¿Es Obligatorio el Coordinador en Obras Sin Proyecto o Pequeñas?
Una pregunta frecuente es si la figura del Coordinador de Seguridad y Salud es necesaria en obras que no requieren un proyecto técnico formal (como pequeñas reformas, trabajos de mantenimiento, pintura, etc.) o en obras que se consideran "pequeñas". La respuesta, basándonos en el Real Decreto 1627/1997, es clara: la obligatoriedad no depende de la existencia de un proyecto o del tamaño aparente de la obra, sino de si en la ejecución intervienen más de una empresa o una empresa y autónomos, o varios autónomos. Por lo tanto, una reforma de pintura en la que una empresa contrata a un electricista autónomo y a un fontanero autónomo, por ejemplo, requeriría la designación de un coordinador, aunque no exista un proyecto de edificación formal.
El Plan de Seguridad y Salud: La Hoja de Ruta Preventiva
Estrechamente ligado al rol del coordinador está el Plan de Seguridad y Salud. Este documento es la herramienta fundamental de gestión preventiva en la obra. Cada contratista que interviene en la obra debe elaborar su propio Plan, basándose en el estudio o estudio básico de seguridad y salud (si lo hay) y adaptándolo a sus métodos de trabajo específicos. El Plan detalla los riesgos identificados, las medidas preventivas y de protección a adoptar, los equipos de protección individual y colectiva a utilizar, y los procedimientos de emergencia.
Es responsabilidad del Coordinador de Seguridad y Salud en fase de ejecución aprobar este Plan antes del inicio de los trabajos del contratista. Esta aprobación garantiza que el Plan es adecuado, completo y coherente con la gestión general de la seguridad en la obra. En las obras donde no sea obligatoria la designación de un coordinador, las funciones de aprobación del Plan recaen en el técnico o técnicos designados por el promotor para la dirección y control de la ejecución (generalmente, el director de obra).
¿Quién es el Máximo Responsable de la Seguridad?
La pregunta sobre quién es el "máximo" responsable de la seguridad en una obra es compleja, ya que la responsabilidad es compartida, pero con distintos niveles y obligaciones. El promotor tiene la responsabilidad legal inicial y fundamental de garantizar que la obra se desarrolle en un entorno seguro, lo cual incluye la obligación de nombrar al Coordinador de Seguridad y Salud cuando sea preceptivo y asegurar que se cumplan las normas. Los contratistas son directamente responsables de la seguridad de sus propios trabajadores y de la aplicación de las medidas preventivas en su ámbito de actuación. El Coordinador de Seguridad y Salud, por su parte, es el responsable de la coordinación de las actividades de seguridad entre todos los intervinientes. No sustituye la responsabilidad de cada empresario, pero sí garantiza la coherencia y efectividad global de las medidas preventivas. En última instancia, se podría decir que la responsabilidad principal recae en el promotor por ser quien inicia el proyecto y tiene la obligación de establecer la estructura de seguridad (incluido el coordinador), pero la responsabilidad operativa y de cumplimiento es compartida por todos los actores.

Conclusiones
La seguridad en las obras de construcción es un desafío constante que requiere la implicación de todos los participantes. La figura del Coordinador de Seguridad y Salud es una pieza clave en este engranaje. Su conocimiento técnico, su formación especializada en prevención de riesgos laborales y su capacidad de coordinación son indispensables para planificar, gestionar y supervisar que las actividades se desarrollen de la forma más segura posible. Desde la aprobación del Plan de Seguridad y Salud hasta la inspección a pie de obra y la respuesta ante emergencias, el coordinador es el garante de que la prevención de riesgos laborales no sea una teoría, sino una práctica diaria. Su presencia, obligatoria en la mayoría de las obras con múltiples intervinientes, es un requisito legal y, sobre todo, una necesidad vital para proteger a quienes hacen posible que los proyectos de construcción se conviertan en realidad.
Preguntas Frecuentes sobre el Coordinador de Seguridad
¿Es siempre obligatorio tener un Coordinador de Seguridad y Salud?
No siempre, pero sí en la gran mayoría de las obras donde intervengan más de una empresa o una empresa y trabajadores autónomos, o diversos trabajadores autónomos. La obligación también existe en fase de proyecto si intervienen varios proyectistas.
¿Puede el Director de Obra asumir las funciones del Coordinador?
Sí, en las obras donde no sea obligatoria la designación de un Coordinador de Seguridad y Salud (es decir, cuando solo interviene una única empresa sin subcontratistas o un único autónomo), las funciones de coordinación y aprobación del Plan de Seguridad y Salud son asumidas por el técnico o técnicos que dirigen la obra (Director de Obra).
¿Qué formación necesito para ser Coordinador de Seguridad y Salud?
Se requiere una titulación universitaria habilitante (Arquitecto, Arquitecto Técnico, Ingeniero, Ingeniero Técnico) más formación específica en prevención de riesgos laborales aplicable a obras de construcción.
¿Qué es el Plan de Seguridad y Salud y quién lo elabora?
Es el documento preventivo específico de cada obra. Cada contratista interviniente elabora su propio Plan, basándose en el estudio o estudio básico de seguridad y salud de la obra. Lo aprueba el Coordinador de Seguridad y Salud (o el Director de Obra si no hay coordinador).
Si ocurre un accidente, ¿la culpa es siempre del Coordinador?
No necesariamente. La responsabilidad es compartida. El coordinador es responsable de la coordinación y supervisión general de la seguridad y del cumplimiento del Plan de Seguridad y Salud. Sin embargo, cada empresa contratista es responsable de la seguridad de sus propios trabajadores y de la aplicación de las medidas. Las causas y responsabilidades de un accidente se analizan caso por caso.
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